Escuela de tránsito
Descripción general de la escuela de tránsito
Escuela de infractores de tránsito (TVS, por sus siglas en inglés) y condena confidencial (proyecto de ley (AB, por sus siglas en inglés) 2499) A partir del 1.º de julio de 2011, las cortes ya no podrán desestimar las infracciones después de que un conductor curse la escuela de tránsito.
El AB2499 exige que todas esas infracciones se registren como condena en el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés). La primera condena del conductor en un periodo de 18 meses será confidencial y no reflejará marcas negativas en su expediente de manejo. Sin embargo, cada infracción adicional dentro de ese periodo de 18 meses, por no ser elegible para la TVS, aparecerá en el expediente del conductor y se le asignarán puntos negativos.
Elegibilidad
Si cumple los siguientes requisitos, puede ser elegible para asistir a la escuela de tránsito:
- No debe haber asistido a la escuela de tránsito por una citación previa emitida dentro de los 18 meses anteriores a la fecha de emisión de su citación actual.
- Tiene una licencia de manejo válida.
- Usted no será citado por exceder la velocidad máxima o razonable en más de 25 millas por hora o según lo determine el juez.
- La citación no requerirá una comparecencia obligatoria en la corte. (Esta información se indicará en el Aviso de infracción)
- No tiene que haber pasado la fecha límite de su multa.
- A partir del 20 de septiembre de 2005, si usted tiene una licencia de manejar comercial, no es elegible para la escuela de tránsito.
Descripción general del proceso
Si cumple los requisitos y desea asistir a la escuela de tránsito, tendrá que dar los siguientes pasos en el orden indicado:
- Pague el monto de la fianza y la cuota.
- Elija una escuela de tránsito.
- Vaya a la escuela de tránsito.
- Entregue en la corte el comprobante de que cursó la escuela de tránsito.
Una vez que la corte reciba el comprobante del curso, su caso será desestimado y la infracción no aparecerá en su expediente de manejo.
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Pay Bail Amount and Fee
This can be done in person or via mail.
- The bail amount is the amount indicated on your Courtesy Notice and is payable to Kern County Superior Court.
- The Traffic School administrative fee is $67.00 payable to Kern County Superior Court.
Upon receipt of your payment and Traffic School request, the Court will:
- Provide you with further instructions including a list of D.M.V. certified schools in your area.
- Give you a future date of approximately 60 days to complete Traffic School.
If you send your request/payment via mail, the above information will be mailed to you.
Do not attend Traffic School prior to paying the bail amount and Traffic School Administrative fees. If you attend prior to payment of the bail amount and said fees, your traffic school completion certificate will not be accepted by the Court.
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Choose a traffic school
Upon receipt of your request for Traffic School, the Court will provide you with information about Traffic Schools in your area. Options for Traffic School include:
- Instructor-based traffic school
- Home-study courses
- Video-based traffic school
- Internet-based traffic school
To obtain a free list of approved Traffic Schools, please contact the California Traffic and Safety Institute at (661) 940-1907 or on the web: www.ctsi-courtnetwork.org You may attend any school on the approved list.
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Attend Traffic School
Contact the school and arrange to attend a session. Traffic Schools are private businesses and, as such, charge fees to attend.
You must complete traffic school by the due date. Certificate of completion must be received by the Court on or before the due date given to you by the Court.
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Proof of Completion
When you complete Traffic School, the school will submit proof of completion directly to the Court. Upon the Court receiving proof of completion, your case will be dismissed and the violation will not appear on your driving record.
No vaya a la escuela de tránsito antes de pagar el monto de la fianza y las cuotas administrativas de la escuela de tránsito. Si va antes del pago de la fianza y de dichas cuotas, la corte no aceptará su certificado de que cursó la escuela de tránsito.